- Los condominios manejan datos personales de residentes, propietarios, visitantes, proveedores y personal de seguridad.
- Cumplir con la LFPDPPP implica contar con aviso de privacidad, medidas de seguridad, controles de acceso y procesos claros para el tratamiento de datos.
- La digitalización ayuda a ordenar la gestión de información, pero exige mayor cuidado en privacidad, permisos y resguardo documental.

¿Tu administración es legalmente responsable? Guía de Privacidad y Multas INAI en 2026
En la era de la hiperconectividad de 2026, los datos personales se han convertido en el activo más delicado de cualquier comunidad. Si tu administración recolecta nombres, números de placas, huellas digitales para el acceso o tiene cámaras de vigilancia, tu Asociación Civil es, legalmente, un Sujeto Obligado ante la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP).
Ignorar esto no solo es una falta de profesionalismo, es una invitación abierta a multas del INAI que pueden asfixiar financieramente a cualquier edificio.

Preguntas frecuentes
¿Qué datos personales suele tratar un condominio?
Un condominio puede tratar nombres, teléfonos, correos, domicilios, placas vehiculares, imágenes de videovigilancia, registros de acceso, datos de proveedores y documentación administrativa de propietarios o residentes.
¿Es obligatorio contar con aviso de privacidad en un condominio?
Sí, cuando el condominio recopila y utiliza datos personales debe informar a los titulares sobre el tratamiento de su información mediante un aviso de privacidad claro, accesible y conforme a la normativa aplicable.
¿Cómo debe manejarse la información de visitantes en un condominio?
La información de visitantes debe recopilarse únicamente cuando sea necesaria, utilizarse para fines específicos de seguridad o control de acceso, resguardarse adecuadamente y eliminarse cuando ya no sea requerida.
¿La videovigilancia en condominios requiere aviso de privacidad?
Sí. Si se utilizan cámaras de seguridad, es recomendable informar sobre la captación de imágenes mediante avisos visibles y explicar el tratamiento de esos datos en el aviso de privacidad correspondiente.
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